Las situaciones legales de cese de actividad de los trabajadores autónomos se acreditarán por:
- Los motivos económicos técnicos, productivos u organizativos, mediante una declaración jurada del solicitante.
- La fuerza mayor, mediante declaración expedida por los órganos gestores en los que se ubique territorialmente el negocio o la industria afectados.
- La pérdida de la licencia administrativa mediante resolución correspondiente.
- La violencia de género, por la declaración escrita de la solicitante de haber cesado o interrumpido su actividad económica o profesional, a la que se adjuntará la orden de protección.
- El divorcio o acuerdo de separación, mediante la correspondiente resolución judicial.
- Las situaciones legales de cese de actividad de los trabajadores autónomos económicamente dependientes se acreditarán por:
a. La terminación de la duración convenida en contrato o conclusión de la obra o servicio, mediante su comunicación ante el registro correspondiente.
b. El incumplimiento contractual grave del cliente, bien mediante comunicación por escrito o bien mediante resolución judicial.
c. La causa justificada del cliente a través de comunicación escrita.
d. La causa injustificada, mediante comunicación expedida por el cliente o mediante resolución judicial.
e. La muerte, la incapacidad o la jubilación del cliente, mediante certificación de defunción del Registro Civil o resolución del reconocimiento de la pensión de jubilación o incapacidad permanente.
2. Las situaciones legales de cese de actividad de los trabajadores autónomos económicamente dependientes se acreditarán por:
- La terminación de la duración convenida en contrato mediante su comunicación ante el registro correspondiente.
- El incumplimiento contractual grave del cliente mediante comunicación por escrito o bien mediante resolución judicial.
- La causa justificada del cliente mediante comunicación escrita.
- La causa injustificada mediante comunicación expedida por el cliente o resolución judicial.
- La muerte, la incapacidad o la jubilación del cliente mediante certificación de defunción o resolución del reconocimiento de la pensión de jubilación o incapacidad permanente.